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La ‘ley de nueva normalidad’ dicta un uso de la mascarilla más obligatorio: solo tres excepciones

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La ‘ley de nueva normalidad’ dicta un uso de la mascarilla más obligatorio: solo tres excepciones

Madrid
30/03/2021 – 12:02

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la conocida ‘ley de nueva normalidad’, que establece una mayor obligatoriedad en el uso de las mascarillas en cualquier espacio público porque, tras paso por las Cortes Generales, se ha eliminado la excepción de la distancia de seguridad para evitar su utilización al aire libre.
El texto final aprobado mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Así, se eliminó el inciso final de las dos letras, a) y b), del apartado 1 del artículo 6 de la norma, en las que se condicionaba el uso de la mascarilla pública a la imposibilidad de garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. Asimismo, se suprime igualmente, la referencia a los 1,5 metros de distancia de seguridad para el caso de los centros docentes.
La ley publicada este martes en el BOE, denominada Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, recoge el texto del decreto aprobado el pasado mes de junio. Se trata de una norma que durará hasta que la crisis sanitaria se dé por finalizada. «Hasta que el Gobierno declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19», indica el texto.
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, resaltó durante el debate parlamentario que esta norma va a «permitir avanzar el control de la pandemia y también en funciones de vigilancia, inspección y control de casos». «Esta norma será medular en la gestión de la pandemia hasta su finalización. Recoge buena parte del compromiso adquirido durante la gestión de esta dolorosa crisis. Está llamada a ser una fuente de conocimiento para aquellos que tengan que tomar decisiones similares en el futuro», ha defendido. Qué excepciones contempla la norma sobre el uso obligatorio de la mascarilla El artículo seis de esta ley es el que contempla la regulación del uso de mascarilla y recoge varias excepciones.
1. Personas con enfermedad respiratoria o en situación de discapacidad: la obligación no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
2. Deporte al aire libre: tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre,
3. Otras excepciones: tampoco será obligatorio ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

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